En una sentencia publicada el pasado martes, la Alta Corte establece que el nombramiento o ratificación de esos funcionarios por parte de la Sala Capitular excede la parte normativa y de fiscalización propia de esos órganos y que además interfiere en las funciones propias de los alcaldes.
Según informaron, esa sentencia tiene un plazo de un año para su plena aplicación, por considerar que «su ejecución inmediata, podría generar trastornos en la administración municipal en los que en la actualidad esos puestos,
