El acuerdo, rubricado por los ministros de Hacienda, Donald Guerrero Ortiz y de Energía y Minas, Antonio Isa Conde, indica los criterios que se utilizarán para la determinación de las Instituciones Gubernamentales No Cortables (IGNC), entidades a las que no podrá interrumpírseles el servicio de energía, así como el establecimiento de la regulación de su facturación y pagos.
Para ser incluidas en la categoría IGNC, las instituciones gubernamentales cuyas actividades se enmarquen dentro de los servicios de: seguridad ciudadana, defensa nacional, atención de la salud, educación, transporte de pasajeros, manejo del agua potable para fines de riesgo o alumbrado público deberán presentar una solicitud fundamentada y por escrito al Ministerio de Energía y Minas.