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Funcionario que viole ley de Extinción de Dominio quedará inhabilitado por cinco años y podría ir a prisión

Escrito por Santiagoesnoticia

SANTO DOMINGO,RD,-El servidor o funcionario público que emita una decisión, resolución, solicitud, o ejecute un acto contrario a Ley de Extinción de Dominio, incurrirá en prisión de 2 a cinco años y multa de 50 a 400 salarios mínimos del sector público.

De acuerdo al artículo 101, sobre prevaricato por acción, además quedará inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco años y será responsable a título personal por los daños y perjuicios que su conducta genere.

Asimismo, el artículo 102 de la referida ley aprobada por el senado de la República , sobre prevaricato por omisión, el servidor público que omita, retarde, rehuse o deniegue un acto propio de sus funciones, o incurra en desacato de una decisión judicial emitida en el marco de esta ley, incurrirá en prisión de 2 a cinco años.

Igualmente, multa de 50 a 400 salarios mínimo del sector público, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicos de 5 años, también será responsable a título personal por los daños y perjuicios que su conducta genere.

Será sancionado además,  conforme al artículo 103, de la referida ley en cuanto a violación a reglas de administración, el servidor o funcionario público, o aquel que sin serlo haya sido contratado o recibido atribuciones dentro del marco de esta ley, que haya dado un uso inadecuado, descuidado o abusivo a los bienes sometidos a procedimiento de extinción de dominio, o que los haya distraído para su uso personal o en beneficio de terceros.

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