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Hombre en pañales y mujeres semidesnudas paralizan tránsito en puente de la 17

Escrito por Santiagoesnoticia

En redes sociales llaman a las autoridades a investigar y apresar a los responsables del videoclip

11 febrero 2020

SANTO DOMINGO,RD,-Un supuesto cantante urbano ataviado sólo con un pañal protagonizó un evento que, en redes sociales ha recibido epítetos como grotesco, inmoral y un llamado desesperado por llamar a la atención que debe ser penalizado.

Acompañado de dos “bailarinas” semidesnudas, el joven, cuya identidad se desconoce, grababa lo que se suponía era un videoclip en una vía pública, hecho que fue catalogado por los internáutas de falta de moral y desapego al bien común.

El trío, junto a su “equipo de creativos”, se trasladó en plena hora pico al puente Francisco del Rosario Sánchez, que conecta a Santo Domingo Este con el Distrito Nacional, y se puso a bailar en la vía, lo que hacía frenar de forma abrupta a los choferes que circulaban por la zona, provocando además un gran taponamiento.

Decenas de personas, incluidos menores de edad, se aglomeraron sobre el puente para presenciar la grabación.

Mala forma de llamar la atención

Esta no es la primera vez que sucede un hecho de esta magnitud, el año pasado el exponente de música urbana conocido como Cherry Scom “amenazó” con lanzarse del mismo puente si el cantante urbano El Alfa no colaboraba con él en una canción. Ese mismo sujeto se lanzó a una fuente en la entrada a la ciudad de La Vega en lo que fue considerado “una violación e irrespeto a los espacios públicos y a la dignidad del pueblo vegano”. Por el hecho, fue sometido a la justicia.

Por el suceso, el intérprete de música urbana acordó con las autoridades de La Vega realizar trabajos comunitarios en beneficio de la Alcaldía, consistentes en dar mantenimiento y limpieza a la fuente principal de la entrada a ese municipio, en el que el artista se lanzó semidesnudo.

La alteración del orden público es un delito penal que ocurre cuando una persona participa en algún tipo de conducta escandalosa, tal como peleas o amenazas de peleas en público, ruidos excesivamente altos, gritos, música a alto volumen o incluso permitir que un perro ladre durante largos períodos de tiempo. Cuando las palabras o la conducta de una persona ponen en peligro el derecho de los demás de gozar de paz y tranquilidad, pueden acusarla de alteración del orden público.

De acuerdo al Código Procesal Penal dominicano “Será reprimido con prisión de dos meses a dos años, el que en sitio público o abierto o expuesto al público ejecutare o hiciere ejecutar por otro actos obscenos. La misma pena se impondrá al que ejecutare actos de ese carácter en lugar privado, con el propósito de que sean vistos involuntariamente por un tercero”.

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